El divorcio es una institución que hoy es parte de nuestra sociedad como si siempre lo hubiese sido.
Los divorcios en los Tribunales de Familia están a la orden del día. Muchos colegas, sin ofender, encuentran su sueldo base en los denominados “divorcios express”.
Pero ¿sabían ustedes que el divorcio fue incorporado como una forma de disolver el vínculo matrimonial por la Ley 19.947 de 17 de mayo de 2004, que sustituyó nuestra antigua Ley de Matrimonio Civil de 10 de enero de 1884? ¡De 1884!
Tuvimos que esperar 120 años para que, con el pesar de una parte importante de nuestra sociedad, se instituyera el divorcio como una forma de terminar con el matrimonio.
Hoy en día la Ley reconoce 4 formas de terminar con el vínculo matrimonial: la muerte, la muerte presunta (cumpliendo todos los requisitos que la ley establece), la declaración de nulidad y el divorcio.
Pese a toda la palabrería y jerga legal que utiliza nuestra ley (y porque no decirlo, también nuestros colegas) la tramitación de un divorcio en Tribunales no presenta mayores desafíos. Claro, hay divorcios que se complican por la postura de los cónyuges que se divorcian, pero no por la complejidad en la aplicación de la Ley.
Entonces ¿dónde está nuestro desafío como estudio jurídico? ¿Cómo podemos marcar una diferencia en ésta materia? En la cercanía con el cliente. Traducimos en términos simples toda aquella palabrería que muchas veces se utiliza con el único objeto de lograr que el cliente piense: “éste sí que sabe”.
Un divorcio, la mayoría de las veces, es una situación de estrés para los cónyuges, razón por la cual asesorarlo en términos que entienda, aun cuando no sean los términos jurídicamente “correctos”, es a nuestro parecer la mejor forma de abordar el tema.
Colaborar de la mejor forma posible en que los cónyuges que deciden divorciarse no se conviertan o no se sigan comportando como enemigos.
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